Denominación de Origen Protegida (D.O.P) “Pera de Jumilla”
El producto amparado por la Denominación de Origen Protegida “Pera de Jumilla” es el fruto de la especie Pyrus communis L., procedente de la variedad Ercolini, de las categorías Extra y I, destinado a consumo en fresco.
La variedad Ercolini se caracteriza por la obtención de un tipo de pera muy dulce, de tamaño medio, de forma piriforme y regular, con pedúnculo carnoso de una longitud media. Su epidermis es fina, de color verde claro que pasa a amarilla, con chapa de color carmín en su cara soleada.
Su pulpa es blanca y jugosa, de sabor muy dulce y azucarado y ligeramente perfumada con un excelente sabor.
Su maduración se produce de forma muy rápida no admite demorar la recolección, la cual se realiza en su punto óptimo para obtener sus mejores características organolépticas.
Se trata de una variedad que admite conservación en cámara por tiempo limitado de unos dos a tres meses.
El árbol es de vigor medio, porte semiabierto y entrada en producción algo lenta, con producciones medias y cierta tendencia a la vecería.
La época de floración es en el mes de marzo, y la recolección se produce en los meses de junio y julio.
La pera Ercolini producida en Jumilla se distingue tanto por las características del producto, provocadas por el microclima especial de la zona, como por las características propias de la producción aplicadas por los agricultores y las centrales hortofrutícolas.
El producto presenta características diferenciales con respecto a otras regiones: chapa rojiza en su cara soleada debida a la gran insolación que recibe; un grado de azúcar superior; así como mayor precocidad, dureza y calibre.
Son amparadas por la Denominación de Origen Protegida “Pera de Jumilla” las peras procedentes de la variedad Ercolini de las categorías Extra y I (según lo establecido en la legislación vigente), y además con las características siguientes: